El acuerdo, impulsado a iniciativa de la FAPE, contempla que los profesionales de la prensa puedan llevar voluntariamente un distintivo que les identifique y que facilite tanto su labor como la de las FCSE
El Ministerio del Interior y la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) han suscrito un “Convenio de colaboración para la identificación de los profesionales de la información en los hechos que requieran actuaciones policiales”. El acuerdo ha sido rubricado por el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, y por la presidenta de la FAPE, Elsa González.
Distintivo voluntario
Para ello, el convenio suscrito prevé que, para facilitar la labor de los profesionales de la información que desarrollan su actividad en lugares donde se producen situaciones de riesgo o de conflicto y para que éstos puedan ejercer su tarea y funciones de captación de la información con las mayores garantías y facilidades, los informadores podrán, de forma voluntaria, portar un distintivo, tipo chaleco, con la inscripción PRENSA.
Este chaleco, personal e intransferible y que tendrá una vigencia de un año desde su expedición, será un peto, de color blanco y con la inscripción PRENSA en color negro. Además, en la parte delantera superior izquierda figurará un número que servirá para identificar a la persona a quien se adjudique este distintivo.
El chaleco, que no sustituye a los documentos oficiales legalmente previstos para la identificación de los informadores, irá acompañado de una credencial no transferible donde constarán: nombre y apellidos del informador, número del documento nacional de identidad y número de registro en la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) o número de registro en la Asociación Nacional de Informadores Gráficos de Prensa y TV (ANIGP), asociación vinculada a FAPE. Esta credencial también incluirá el número que figurará en la parte delantera superior izquierda del chaleco.
Tras la entrada en vigor del convenio, la FAPE procederá a la entrega de los chalecos a los profesionales de la información que reúnan los requisitos legales que les acrediten para el ejercicio de esta profesión. Por su parte, los profesionales extranjeros que ejerzan en España podrán igualmente obtener los distintivos, a través de la FAPE, para su uso durante el tiempo de su estancia profesional en España.
Los distintivos tendrán una vigencia de un año desde la fecha de expedición y la renovación se producirá concluido el mencionado periodo, siempre que su titular siga manteniendo los requisitos que dieron lugar a su obtención. La sustracción, pérdida o deterioro del chaleco deberá comunicarse a la FAPE y, en caso de sustracción, previamente deberá presentarse denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Para garantizar la eficacia del convenio, la FAPE comunicará al Gabinete de Coordinación de la Secretaría de Estado de Seguridad la relación de los profesionales, mediante nombre y apellidos y número de registro, a quienes han sido asignados los chalecos. Igualmente, se comunicará cualquier variación que se produzca en dicha relación.
Actuación sobre el terreno
El acuerdo prevé igualmente que las oficinas de prensa institucionales adopten las medidas que sean necesarias durante el desarrollo de los acontecimientos cuya información se cubra para que los profesionales de los medios de comunicación puedan realizar su labor con la mayor eficacia posible. En ausencia de la representación por parte de las oficinas de prensas institucionales, los profesionales de la prensa presentes en el lugar de los hechos podrán requerir al responsable del dispositivo policial información sobre las zonas que considere más seguras, haciendo compatible la realización de su tarea con la de los efectivos policiales. Sin embargo, en el ejercicio de su profesión, los profesionales de la información tendrán que cumplir los requisitos establecidos en el Convenio, asumiendo libremente las responsabilidades sobre los riesgos que se puedan derivar del ejercicio de su labor.
En todo caso, la exhibición del chaleco no supondrá habilitación alguna ni autorización para que los profesionales de la información puedan acceder a aquellas zonas que el responsable del dispositivo policial haya declarado como de acceso restringido.
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