Fue impuesta por vulneración del honor y la intimidad de Arancha del Sol y “Finito de Córdoba”.
Según una nota de prensa del Tribunal Supremo emitida el 4 de abril, la Sala Primera de este tribuna ha rechazado los recursos de casación formulados por María Teresa Matallana Muñoz, la compañía Cuarzo Producciones S.L. y Ana Rosa Quintana, confirmando así la condena que les fue impuesta por vulnerar el honor y la intimidad de los demandantes -el matrimonio formado por la actriz y presentadora Arancha del Sol y el torero “Finito de Córdoba”-, quienes deberán ser indemnizados con 100.000 euros.
Como se apunta en la misma nota, los hechos constitutivos de la intromisión ilegítima declarada tuvieron lugar con ocasión de las emisiones de “El programa de Ana Rosa” correspondientes a los días 7 y 14 de febrero de 2005, en el curso de las cuales se vertieron como noticia simples rumores acerca de la presunta infidelidad del torero.En síntesis, la Sala considera “acertado el juicio de ponderación favorable a los derechos al honor y a la intimidad de los demandantes frente a las libertades en conflicto (de expresión e información), en atención a que la presentación como noticia de meros rumores sobre infidelidades conyugales prescinde de la exigible veracidad para que pueda priorizarse la protección de las segundas, siendo responsables de la intromisión ilegítima las colaboradoras que ofrecieron datos que dotaban de verosimilitud a tales rumores, la productora que controlaba los contenidos del programa y la presentadora cuyo nombre servía de nombre al propio programa y que, además, era accionista y consejera delegada de la productora”.
Se incluye el texto de la Sentencia al completo
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